El Comité de Búsqueda es convocado por el Gran Canciller de la Universidad Católica de Temuco y tiene la responsabilidad de proponer una terna para la elección de
Rector/a para un periodo de cuatro años.
El Comité de Búsqueda estará integrado por: a) Dos académicos de la planta permanente, que tengan una antigüedad mínima de tres años en la planta permanente de la Universidad al
momento de la elección; b) Dos personas nombradas por el Gran Canciller y c) El
Secretario General, quien tendrá sólo derecho a voz y será el responsable de llevar
adelante todo el proceso de consulta.
Dispondrá de un plazo de setenta y cinco días para realizar un amplio proceso de
consulta, el que incluirá, a lo menos las siguientes etapas: a) Evaluar los desafíos que
enfrenta la Universidad; b) Definir un perfil de Rector con énfasis en la calidad
académica y experiencia en gestión universitaria, y c) Buscar y entrevistar personas
idóneas para ocupar el cargo de Rector.
Para el cumplimiento de su tarea, el Comité de Búsqueda deberá establecer un
procedimiento y cronograma del proceso, para lo que deberá realizar las
averiguaciones que estime necesarias en todos los ámbitos propios de la
Universidad y fuera de ella. De esa manera, podrá consultar a cualquier persona
cuya opinión considere relevante, delegando en uno o más de sus miembros la
realización de esas gestiones cuando así le parezca apropiado.
Los resultados de la consulta serán entregados al Gran Canciller mediante un
informe que contendrá los desafíos que enfrenta la Universidad, el perfil de la
persona del Rector y la terna de personas consideradas idóneas para asumir el
cargo. La propuesta del Comité de Búsqueda deberá ser fundada.
Una vez entregado el informe al Gran Canciller, el Comité de Búsqueda se disolverá
de pleno derecho.
El Gran Canciller nombrará como Rector de la Universidad Católica de Temuco a uno
de los integrantes de la terna propuestos por el Comité de Búsqueda, durante los
veinticinco días siguientes a la recepción del informe.